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A partir de ayer se autoriza por Ley que SHCP tome activos, entre ellos rendimientos de las AFORES

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que establece que, tratándose del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) podrá realizar aportaciones adicionales consistentes en activos financieros.


Precisa que, en caso de que durante el ejercicio fiscal respectivo se presente un ahorro o economías presupuestarias en el costo financiero de la deuda del Gobierno Federal, se podrán efectuar las adecuaciones presupuestarias compensadas correspondientes para destinarlas al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, conforme lo determine la SHCP.


El documento, avalado en lo general con 264 votos a favor, 217 en contra y una abstención, adiciona una fracción V Bis al artículo 21 Bis y un último párrafo al artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.




En los transitorios, indica que el Ejecutivo Federal deberá realizar las reformas necesarias al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria de conformidad con lo previsto en este Decreto, dentro de los 90 días naturales posteriores a su entrada en vigor.


También, por conducto de la SHCP, deberá llevar a cabo las modificaciones necesarias a las reglas de operación del FEIP y al contrato de Fideicomiso constituido para la administración de los recursos aportados a dicho Fondo, dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor de las reformas al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a que se refiere el Transitorio Segundo.


El dictamen a la iniciativa, promovida por el Ejecutivo Federal el pasado 8 de septiembre, plantea que la Secretaría de Hacienda pueda realizar aportaciones en favor de la capitalización y el fortalecimiento del FEIP, además de cumplir con las metas fiscales establecidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el gasto en el Ramo 24.


Refiere que el FEIP es una herramienta toral para la estabilidad de las finanzas públicas, por lo que se estima adecuado fortalecerla a través de las adiciones propuestas por el Ejecutivo Federal. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.


Permitirá continuar con el ahorro de los ingresos del gobierno de México


El presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, diputado Erasmo González Robledo (Morena), señaló que el dictamen busca establecer un mecanismo que permita continuar con el ahorro de los ingresos del gobierno de México, robusteciendo el FEIP, ya que funciona como uno de los amortiguadores del Gobierno Federal en caso de una disminución de los ingresos presupuestarios.




Se trata, dijo, de apuntalarlo para fortalecer el ejercicio del gasto presupuestario aprobado durante el ejercicio, así como acelerar los mecanismos para su capitalización. El FEIP sigue teniendo ingresos y en el tercer trimestre de 2022 obtuvo entradas por 15 mil 599 millones de pesos, con lo que se llegó a un saldo de 25 mil 482 millones de pesos.


Con la reforma, agregó, se incrementan esas entradas, con lo que el Fondo podría ser utilizado para compensar posibles escenarios económicos complejos y mantener el gasto presupuestal en niveles adecuados. Actualmente, el único mecanismo presupuestal que tiene ese fondo para capitalizarse es a través de los ingresos petroleros, los cuales en 2007 alcanzaron su máximo de 7.3 por ciento del PIB.


González Robledo expresó que el dictamen agrega dos mecanismos de capitalización: uno, abrir la posibilidad de que en caso de que se genere un ahorro o economías presupuestarias en el costo financiero de la deuda pública del Gobierno Federal, durante el ejercicio fiscal correspondiente, se puedan realizar las adecuaciones presupuestarias compensadas para destinar los recursos al Fondo. “Permitiría canalizar estos ahorros al fondo destinado para atender esas contingencias”.


El segundo mecanismo, añadió, es permitir aportaciones adicionales al Fondo consistentes en activos financieros. En ese sentido, se habilita al Gobierno Federal para que no solo aporte recursos presupuestarios obteniendo rendimiento con un riesgo bajo y asegurado, al invertir sus activos financieros en un instrumento público, lo que coadyuvará a incrementar el patrimonio del Fondo


Su aprobación, consideró, generaría beneficios para todas y todos los mexicanos, pues su objetivo es capitalizar el Fondo para que esta o cualquier administración en el futuro disponga de recursos suficientes, a fin de amortiguar caídas de los ingresos presupuestarios. Además, es un mecanismo para capitalizar dicho Fondo en forma más rápida.


La reforma, resaltó, permitiría al Estado mexicano seguir adelante con todos los programas presupuestarios contenidos en los distintos instrumentos del Plan Nacional de Desarrollo y proporcionaría los recursos para seguir garantizando el acceso efectivo a los derechos establecidos en la Constitución a todas y todos los mexicanos y dentro de contextos económicos adversos.


Discusión en lo particular


Con 263 votos a favor, 219 en contra y dos abstenciones, el Pleno aprobó en lo particular y en términos del dictamen, los artículos 21 Bis, 23 y Tercero Transitorio, mismos que fueron reservados por la diputada Elizabeth Pérez Valdez (PRD) y los diputados Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) y Marcelino Castañeda Navarrete (PRD).




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