Mucho ojo, entró en vigor la nueva ley de movilidad y seguridad vial en todo el país. Entre la nueva normatividad destaca el límite máximo de velocidad.
30 kilómetros por hora para calles secundarias y terciarias. 50 en avenidas primarias. 80 en carriles centrales de avenidas de acceso controlado.En autopistas, los automóviles no podrán rebasar los 110 kilómetros por hora. Los autobuses, los 95 y los transportes de carga los 80 kilómetros por hora.
El uso del cinturón de seguridad será obligatorio para todos los pasajeros. Lo mismo que el casco para los motociclistas y sus acompañantes. Está prohibido hablar por celular y en caso de requerir su uso como indicativo de ruta, tendrá que estar debidamente colocado en un sujetador que no obstaculice la visibilidad. Cuidado, porque si no haces caso llegarán las multas.
Ahora se establece como obligación de las entidades federativas y los municipios la realización de pruebas de alcoholemia ("alcolímetro") de manera permanente, esto tiene como objetivo evitar que se conduzca cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol.
Por ello, en la prueba del alcoholímetro no se deberá rebasar 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre para poder conducir un auto particular.
Por cierto que Tatiana Clouthier, secretaria de economía, reconoció que el presidente le dio un jalón de orejas por querer implementar y cobrar por la verificación físico-mecánica de los autos. Dice que se mal entendió.
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