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SCJN avala que se reserve hasta el año 2025 la información sobre la compra de vacunas contra covid

La mayoría de los ministros determinó que en el contexto de pandemia que vivimos esa información es de seguridad nacional.


Se trata en particular de los contratos y pagos por la compra de vacunas Pfizer, Astra Zeneca y Cansino, información que había solicitado un ciudadano a través del INAI.


En diciembre de 2020, la Secretaría de Salud (Ssa) anunció que había reservado esa información por cinco años, pero el Instituto Nacional de Acceso a la información (INAI, ente de transparencia) bajó el plazo a dos años.


Sin embargo, hoy la Corte Suprema lo volvió a aumentar a cinco años, el máximo que permite la ley y que se contarán a partir de diciembre de 2020, con lo que la información se mantendrá en reserva hasta el 2025.


En un comunicado, el Pleno de la Suprema Corte indicó hoy que resolvió dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales sobre los contratos para la adquisición de vacunas contra el virus del SARS-CoV-2 y los comprobantes de pago respectivos.


En el primero de ellos resolvió que "la divulgación de las condiciones esenciales de la contratación puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país".

Por este motivo, el alto tribunal decidió que esta información "debe ser clasificada como reservada por un periodo de 5 años, sin que ello impida divulgar una versión pública en la que se puedan apreciar aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyan información confidencial (datos personales y secreto comercial)".

En tanto, en el segundo recurso, "determinó que los comprobantes de pago respectivos deben ser clasificados como información reservada por un periodo de 5 años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional por la misma razón precisada en el párrafo anterior".


Sobre la resolución, el INAI sostuvo en un comunicado que "respetará las sentencias SCJN emitidas en los recursos de revisión" aunque recordó que "la apertura de información relacionada con la adquisición de vacunas, además de ser una obligación constitucional (...) es concordante con la resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, emitida el 10 de abril de 2020".

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